El Gobierno Central aprobó el 12 de julio de 2013, el Real Decreto-ley 9/2013, por el que se adoptan medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema eléctrico.
A modo de resumen, podemos extraer:
- Este Real Decreto, habilita al Gobierno para aprobar un nuevo régimen jurídico y económico para las instalaciones de producción de energía eléctrica existentes a partir de fuentes de energía renovable, cogeneración y residuos.
- La derogación entra en vigor de forma inmediata y retroactiva a partir de 1 de julio de 2013.
- Por ello se derogan los Reales Decretos 661/2007 y 1578/2008, donde todas las instalaciones de Régimen Especial estaban acogidas (Solares, Eólicas, Hidráulicas, Biomasa, Biogás, Residuos y Cogeneraciones).
- El nuevo sistema de retribución está por definir/publicar. Por ello, hasta que no suceda, nos encontraremos en la fase transitoria con la misma situación actual de los Reales Decretos 661/2007 y 1578/2008, en que los ingresos recibidos por parte de la CNE, serán considerados "pagos a cuenta".
- Según establece el texto, se prevé que el nuevo sistema de retribución esté operativo a parir del 1 de enero de 2014.
- Se prevé que la nueva estructura del sistema de retribución será similar al actual.
- Ingresos provenientes del Mercado Eléctrico de OMIE y regularizaciones de desviamientos por parte de REE. Éste punto es idéntico a la situación actual.
- Ingresos provenientes de la CNE, de estos:
- Se eliminan los ingresos por Complemento por Reactiva y Complemento por Eficiencia.
- Las tarifas en lugar de ser actualizadas cada año por el IPC (o nuevo IPC), pasaran a ser revisadas cada 6 años.
- Se pagará por Unidad de Potencia Instalada.
- Se pagará por Producción realizada, que se calculará de nuevo por cada tecnología en función de una "central tipos" con los siguientes parámetros "Coste estándar de la explotación de la Central Tipos" y "El valor estándar de la inversión inicial de la Central Tipos". Con estos datos se calcularán los nuevos valores de Tarifas. Según establece el redactado publicado, se buscará que se obtenga una rentabilidad de "Obligaciones del Estado a diez años más 300 puntos básicos".
Article ID: 413, Created: 7/26/2013 at 1:25 PM, Modified: 8/7/2013 at 10:14 AM